Diputados de oposición advirtieron que, como tal, no se eliminó el fuero presidencial, ya que cualquier proceso primero lo deberá avalar la Cámara Baja y no una fiscalía autónoma
Este miércoles, en la Cámara de Diputados se avaló reformar los artículos 108 y 111 de la Constitución, con lo que dieron paso a la eliminación el fuero presidencial.
Fue con 420 votos a favor, cero en contra y 15 abstenciones que el Pleno de la Cámara Baja aprobó mínimas modificaciones en el dictamen, pues a partir de ahora, además de traición a la patria, el titular del Ejecutivo federal podrá ser acusado de actos de corrupción, delitos electorales, ilícitos que ameriten prisión preventiva oficiosa y otros por lo que cualquier ciudadano puede ser procesado.
En una reforma histórica y con 420 votos a favor terminamos con la figura del presidente impune, intocable; ahora podrá ser juzgado por corrupción, fraudes electorales y delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadan@. #AdiósAlFuero pic.twitter.com/qQldRX4siz
— Mario Delgado (@mario_delgado) September 2, 2020
En ese sentido, los legisladores optaron por borrar del dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales el término “ciudadano común”, por lo que en la redacción solo quedaron las palabras ciudadano y ciudadana.
Sin embargo, los diputados de oposición denunciaron que, en los hechos, dicha reforma no implica a plenitud la eliminación del fuero presidencial, ya que el inicio de cualquier proceso lo deberá aprobar la mayoría de la Cámara Baja, en consecuencia, no dependerá de una fiscalía autónoma.
Una vez avalado el proyecto, se envió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
¿Con esta iniciativa podrá ser procesado el presidente Andrés Manuel López Obrador?