Este martes entraron en vigor diversas reformas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México.
Entre ellas, destaca la que establece que cuando una mujer sea agredida en casa por su pareja, el agresor dejará el hogar, pero se hará responsable del pago de los servicios y no podrá vender la vivienda.
De acuerdo con El Universal, la reforma en la fracción III del artículo 63 de la citada ley establece que el agresor tendrá la obligación de hacerse responsable del mantenimiento o pago de servicios de la casa.
“Se debe garantizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales del agresor con respecto a la propiedad o posesión que previamente existían o los apoyos que brindaba para ello”, establece la reforma.
La reforma también establece la prohibición para que el agresor venda o aproveche los bienes de la sociedad conyugal o los que estén dentro del domicilio común, en caso de concubinato o sociedad de convivencia, siendo nulas de pleno derecho aquellas que se realicen por el agresor en contravención.
Reeducación y reinserción social para agresores
Ahora bien, las modificaciones al artículo 24 establecen la implementación de acciones para reeducar y reinsertar socialmente a la persona agresora.
Todo ello, siempre y cuando exista un modelo de abordaje psicoterapéutico probado en sus beneficios y alcances, y supervisado por la Secretaría de las Mujeres.
Aunado a esto, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, en coordinación con la Secretaría de las Mujeres de la CDMX y la Fiscalía General de Justicia de la CDMX, deberá facilitar los trámites para que mujeres víctimas de violencia obtengan vivienda y/o créditos accesibles para la adquisición o mejoramiento de la vivienda.
Dicho programa deberá contemplar las condiciones de vulnerabilidad en la que están las mujeres víctimas de violencia.
En cuanto a la reforma al artículo 50 Ter menciona que los Refugios Especializados estarán a cargo de la FGJCDMX. Dicha dependencia deberá incluir en su anteproyecto de presupuesto de egresos de cada ejercicio fiscal, los recursos necesarios para la operación de los Refugios.
El Congreso capitalino aprobó las reformas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México el pasado 10 de noviembre y este martes entraron en vigor.
La Jefatura de Gobierno cuenta con un plazo máximo de 120 días hábiles para realizar las reformas reglamentarias necesarias para su aplicación.