La pensión del IMSS fue objeto de una resolución histórica de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
El Pleno determinó que ninguna institución patronal puede limitar el pago de la pensión por viudez a un periodo de diez años ni negar la devolución de los fondos de ahorro para la vivienda generados por los cónyuges fallecidos.
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El caso se originó en una universidad autónoma que intentó cortar la pensión de una viuda tras una década y retener las aportaciones de vivienda. La Corte declaró inconstitucionales esas cláusulas contractuales, al considerar que violan derechos humanos laborales y la seguridad social.
Puntos clave del fallo
El máximo tribunal estableció que:
- La pensión del IMSS por viudez debe pagarse de manera vitalicia.
- La autonomía universitaria no justifica incumplir estándares mínimos de seguridad social.
- La aportación patronal obligatoria del 5% del salario para vivienda no puede sustituirse por esquemas internos.
- Los beneficiarios tienen derecho a exigir la devolución total de dichas aportaciones, incluso tras el fallecimiento del trabajador.
Impacto del precedente
La SCJN ordenó a la universidad reconocer de inmediato el deber de entregar las aportaciones del fondo de vivienda y garantizar la pensión vitalicia de la demandante. Con ello, se protege el patrimonio y la dignidad de miles de mujeres adultas mayores en México.
Este fallo refuerza que la pensión del IMSS no es un apoyo temporal, sino un derecho fundamental que debe respetarse sin restricciones arbitrarias.
En conclusión, la decisión de la Suprema Corte marca un precedente definitivo en favor de las viudas, asegurando estabilidad económica y justicia social.
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