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Entérate que hacer en este caso
Guadalajara, México .-Cuando una persona muere puede dejar a sus familiares desde pensiones hasta afores, laudos laborales a favor y derechos de autor.
Lo ideal para facilitar el reclamo de estos bienes es que exista un testamento, señala Pablo López Sánchez, director de la oficina en Guadalajara de la firma Rincón, Mayorga, Román, quien comparte algunos consejos para saber a qué instancia acercarse y el proceso a seguir.
Pensiones
Si un pensionado fallece y tiene dependientes económicos, estos son los primeros en la línea para recibir la pensión de quien murió, de no ser así, la pueden reclamar los padres o la esposa.
No se otorga el 100 por ciento de la pensión correspondiente, sino que se establece el porcentaje que se dará dependiendo el caso.
Instancia: ISSSTE si el fallecido fue trabajador del Estado. IMSS si fue trabajador de la iniciativa privada.
Afores
La afore es parte del patrimonio del fallecido y, como tal, puede ser heredable en el testamento, pero únicamente se otorga a esposa, hijos o padres. Sin embargo, las aportaciones voluntarias sí se pueden heredar a otra persona que no tenga una relación familiar con quien murió.
Instancia: si el fallecido trabajaba para la iniciativa privada debe acudir a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, si laboraba para el Estado debe ir al Ipejal.
Deudas
Las deudas de una persona que muere, de tarjetas, créditos personales en el banco o hipotecas continúan vigentes después del fallecimiento. Actualmente, las instituciones bancarias se protegen con la contratación de un seguro de vida cuando extienden un crédito, que paga en caso de deceso.
Si no hay seguro se puede cobrar de la herencia, sin embargo, primero se debe garantizar la alimentación de los menores o discapacitados que dependan del fallecido y después se puede ejecutar el cobro.
Instancia: se recomienda revisar los seguros sobre créditos en bancos.
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https://mexicoahora.com/finanzas/pension-de-4-mil-pesos-para-quienes-tienen-una-afore/