En el nuevo Código Penal del Estado de Nayarit ya se tipifica en delito de Hostigamiento al Deudor Se configura cuando una persona es hostigada, acosada o amenazada por un cobrador para que pague una cuenta pendiente.
La sanción por este delito es de seis meses a los dos años de prisión.” Asimismo una multa de 10 a 50 días de salario mínimo. El Congreso de Nayarit determinó que a ninguna persona se le pude exigir el cumplimiento de un adeudo a base de intimidaciones o insultos.
La ley contempla que la intimidación verbal o escrita, personal o a través de cualquier medio, como teléfono, Internet o intermediarios, de manera reiterada y fuera del marco legal para exigir adeudos será susceptible de sanción Estos adeudos pueden ser de cualquier tipo: crediticio, hipotecario, financiero, etc.
Fuente: argumentopolitico.com
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