La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó la legalidad del Fondo de Pensiones para el Bienestar, creado en 2024.
Además, descartó que se haya confiscado el ahorro de los trabajadores. La medida implica un cambio en la administración de recursos para fortalecer el sistema de seguridad social.
Resolución unánime de la SCJN
El pleno de la SCJN aprobó por unanimidad el proyecto presentado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf, que declaró infundada la acción promovida por 185 diputados de oposición. Estos legisladores argumentaban que el decreto, impulsado por Morena y promulgado el 30 de abril de 2024 por el presidente Andrés Manuel López Obrador, vulneraba el derecho de propiedad sobre los ahorros de los trabajadores.
La Corte determinó que los trabajadores o sus beneficiarios pueden reclamar sus recursos de manera permanente e imprescriptible, bajo un esquema que garantiza certeza y seguridad jurídica.
Garantías y aclaraciones de la SCJN
El ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, reconoció la preocupación generada por la transferencia de recursos.
Sin embargo, afirmó que no se trata de una confiscación.
Lo único que ocurre es que se cambia de administrador hacia un mecanismo distinto, con garantías.
Se mantiene la propiedad de los recursos a favor de los trabajadores.
Para transparentar el proceso, se ordenó publicar en el portal de la Corte el proyecto de resolución y las diapositivas de la ministra Ortiz.
Objetivo del Fondo y respaldo de ministros
La ministra Yasmín Esquivel Mossa destacó que el decreto reformó leyes como las del Seguro Social, Issste e Infonavit para garantizar mayores ingresos a los trabajadores que se jubilen bajo el sistema de Afore. Indicó que el fondo busca que los pensionados accedan a una pensión digna, equivalente al último salario mínimo recibido.
El ministro Giovanni Figueroa Mejía indicó que el fondo responde a la solidaridad social. Destinar recursos no reclamados para complementar pensiones no priva a sus titulares del derecho a recuperarlos. Asimismo, la SCJN evalúa este enfoque para fortalecer el sistema.
Proceso legislativo y continuidad del Fondo
Los diputados que promovieron la acción de inconstitucionalidad también criticaron presuntas irregularidades en el proceso legislativo en comisiones. Sin embargo, la SCJN concluyó que esas irregularidades fueron subsanadas al llegar al pleno de la Cámara de Diputados, donde se permitió un debate libre y público.
Con este fallo, el Fondo de Pensiones para el Bienestar operará como fideicomiso público. El Banco de México será su fiduciario.
Las Afore y el Pensionissste deberán transferir al fondo los recursos de cuentas inactivas. Esto ocurrirá cuando el trabajador cumpla 70 años en el IMSS o 75 años en el Issste, siempre que no tenga relación laboral activa.
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