Los bares y restaurantes de la Capital Federal y el Gran Buenos Aires, Argentina, solo podrán atender a sus clientes en las mesas habilitadas al aire libre, según figura en el Decreto de Necesidad y Urgencia 241 publicado esta noche en el Boletín Oficial de la Nación.
En la norma se estipula que “entre las SEIS (6) horas y las DIECINUEVE (19) horas los locales gastronómicos solo podrán atender a sus clientes y clientas en espacios habilitados al aire libre”.
Esa decisión cambia de manera radical lo que figuraba en el DNU 235 de la semana pasada, que permitía que bares y restaurantes del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) y los municipios con mayor cantidad de contagios en el país trabajen con un máximo del 30 por ciento de la capacidad prevista para cada espacio cerrado.
Y según confirmaron al medio argentino ‘Clarín’ fuentes del Gobierno, solo podrán atender a clientes en sus locales los bares y restaurantes con mesas al aire libre, habilitadas por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o los municipios alcanzados por la medida. “El resto, sólo podrán vender con las modalidades de reparto a domicilio o retiro en el local”, explicó un funcionario el por la noche.
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La norma también establece que los “locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.)”, no podrán atender a sus clientes entre las 19 horas y las 6 del día siguiente “salvo en las modalidades de reparto a domicilio y para retirar en el establecimiento en locales de cercanía”. Esa prohibición horaria afecta a todos los locales, y no discrimina entre los que tengan mesas al aire libre y los que no las tengan.
Se descuenta que esta decisión provocará protestas de los propietarios y trabajadores de los restaurantes y bares, que ya elevaron sus quejas con la disposición anterior, que los obligaba a cerrar sus puertas entre las 23 y las 6 de la mañana.
Además de la limitación a la circulación nocturna y el cierre de escuelas en el AMBA, que habían sido anunciadas por el presidente Alberto Fernández el miércoles, el DNU también contiene la orden para que los shoppings en esa misma zona geográfica permanezcan cerrados.
También señala que todos los locales comerciales, salvo algunos exceptuados, deberán permanecer cerrados, y que quedarán prohibidas hasta el 30 de abril “todas las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas que se realizan en ámbitos cerrados”.