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Corte avala que agentes fronterizos revisen dispositivos electrónicos de las personas

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Corte avala que agentes fronterizos revisen dispositivos electrónicos de las personas

Este miércoles, un tribunal del Primer Circuito avaló que los agentes fronterizos pueden revisar los dispositivos móviles de quienes desean cruzar la frontera. Meses antes, defensores de las libertades civiles habían intentado revertir esta medida.

De acuerdo con el fallo, los agentes fronterizos pueden realizar búsquedas básicas y también búsquedas avanzadas en los dispositivos móviles de las personas. Esto incluye hacer una revisión y una copia de los datos sin necesidad de mostrar una orden judicial.

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Según los jueces, esto cae en los “motivos constitucionales permisibles” en las fronteras de Estados Unidos. Sin embargo, varios grupos defensores de las libertades civiles se han manifestado en contra de esta acción de los agentes fronterizos.

Uno de estos grupos es la Unión Americana por las Libertades Civiles (ACLU). Esha Bhandari, subdirectora del Proyecto de Discurso, Privacidad y Tecnología de ACLU, opina al respecto:

“Las búsquedas de dispositivos electrónicos sin orden judicial y sin sospechas pueden brindar a los agentes fronterizos acceso sin restricciones a grandes cantidades de información privada sobre nuestras vidas”.

Por otro lado, Bhandari agregó que la ACLU se encuentra decepcionada por la decisión final de los jueces. Además, indicó que la Unión se encuentra evaluando otras opciones para revertir esta orden.

Agentes fronterizos rastrean a la gente desde hace tiempo

La discusión legal sobre este tema inició después de que un grupo de ciudadanos y residentes estadounidenses se opusieran al rastreo de sus dispositivos electrónicos por parte de los agentes fronterizos.

La mayoría de estos rastreos se registró en 2017, durante la administración de Donald Trump. En ese entonces, el expresidente presionó a las agencias migratorias para aumentar la seguridad fronteriza con prohibiciones de viaje y otras restricciones. Sin embargo, los primeros casos de rastreo de dispositivos se registraron desde antes de que Trump entrara al gobierno.

Es por eso que, en 2017, ACLU hizo públicos sus cuestionamientos sobre cuándo es que los agentes fronterizos pueden o no revisar los dispositivos móviles de las personas en aeropuertos o entradas terrestres.

Sin embargo, el gobierno está protegido contra este tipo de acusaciones gracias a la Cuarta Enmienda. En ella, se establece que no es necesario contar con una orden judicial para hacer revisiones en las fronteras.

Más adelante, en 2019, un juez de Massachusetts determinó que las agencias migratorias de la frontera sólo podían revisar los dispositivos de las personas en caso de que existiera sospecha razonable. Pero, con la decisión de este miércoles, la decisión queda revocada.

A pesar de estos intentos por frenar la situación, los jueces del Primer Circuito denegaron sus solicitudes. Argumentaron que esta acción es necesaria para garantizar una protección adecuada de la frontera y de la seguridad nacional. Con ello, otorga poder a ICE y a la Patrulla Fronteriza para realizar más operaciones de revisión.

Con información de Univisión.