PUBLICAN LAS REGLAS PARA METER A LAS TRABAJADORAS DEL HOGAR AL IMSS
Las mujeres que se dedican a las laboras domésticas como su empleo diario, ahora ya podrán acceder a los beneficios de estar afiliadas al IMSS.
El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó hoy las reglas de operación del programa piloto para afiliar al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a personas trabajadoras del hogar.
En este periodo de prueba los patrones tendrán la opción de afiliar a las personas trabajadoras del hogar, para lo cual el Seguro Social pondrá a disposición el trámite digital en su página www.imss.gob.mx o en la Subdelegación más cercana a su domicilio.
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Con el pago de la cuota, las y los trabajadores accederán a los seguros de Enfermedades y Maternidad; Riesgos de Trabajo; de Invalidez y Vida; Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, así como de guarderías y prestaciones sociales.
En un comunicado, el IMSS informó que para tener estos servicios, se deberán cubrir las cuotas de pago por mes anticipado, conforme al salario base de cotización mensual y los días laborados con cada patrón.
Para inscribirse se debe contar con el nombre completo del trabajador, domicilio, Número de Seguridad Social, salario mensual y Clave Única de Registro de Población (CURP).
Asimismo, se debe contar con el nombre completo, domicilio y de manera opcional la CURP del patrón o de todos los patrones, cuando el trabajador labore en más de un lugar.
Si trabajan para un único patrón durante todo el mes ya sea de planta o de entrada por salida, éste deberá cubrir la totalidad de las cuotas obrero patronales correspondientes al periodo.
En caso de no contar con su Número de Seguridad Social (NSS), las personas trabajadoras del hogar pueden tramitarlo en la página de Internet del Instituto (www.imss.gob.mx), mediante la aplicación móvil IMSS Digital o en la Subdelegación que corresponda a su domicilio.
Si trabajan para un único patrón durante todo el mes ya sea de planta o de entrada por salida, éste deberá cubrir la totalidad de las cuotas obrero patronales correspondientes al periodo.
En caso de que el trabajador labore con más de un patrón, cada uno de ellos deberá cubrir el monto correspondiente a las cuotas obrero patronales proporcionales a los días que el trabajador labore con él.
Para realizar el pago de las cuotas, tendrá como fecha límite hasta el día 20 del mes calendario, a efecto de iniciar la cobertura del aseguramiento el primer día calendario del mes inmediato siguiente.
Se prevé que el último día de marzo se afilie a las primeras trabajadoras del hogar en esta prueba.