Este viernes, el Comité Técnico de Salud en la entidad determinó que Querétaro se ubicará en el Escenario B de la estrategia SOMOS MÁS para hacer frente a la emergencia sanitaria por el Covid-19, a partir del lunes 15 y hasta el 28 de febrero
El Comité Técnico de Salud determinó este viernes, que Querétaro cambiará a Escenario «B» de movilidad modulada a partir del lunes 15 de febrero.
#AvisoImportante: Después de la reunión del Comité Técnico de Salud, se ha determinado que Querétaro cambiará a «Escenario B» a partir de este lunes 15 de febrero y hasta el día 28 de febrero. ¡Conoce y sigue todas las medidas vigentes! #SOMOSMÁS https://t.co/9kH0oPYeqj
— Pancho Domínguez (@PanchDominguez) February 12, 2021
https://platform.twitter.com/widgets.jsA través de su cuenta de Twitter, el mandatario estatal avaló la decisión de los especialistas de salud y compartió las medidas sanitarias que contempla en dicho escenario y que estarán vigentes hasta el domingo 28 de febrero; sin embargo, a través de un comunicado, el Comité llamó a no bajar la guardia, pues “se trata de una determinación que debe contribuir a la recuperación de toda la sociedad, no a relajar las medidas sanitarias y volver al Escenario «C», de movilidad reducida, en un par de semanas”.
La decisión, detalló el Comité, surge luego de la baja que han mostrado en los últimos días los principales indicadores sobre la enfermedad Covid-19 en la entidad, como son el promedio de activos, hospitalización y positividad.
Aclaró que el Escenario «B» estará vigente «en la medida en que los diferentes actores de la sociedad actúen con responsabilidad para que se mantengan los indicadores a la baja».
Por lo anterior, el Comité Técnico de Salud propuso que todo espacio interior de establecimientos mercantiles, comerciales y centros de trabajo, deberá contar con ventilación natural y, en su caso, con sistemas de filtración y purificación que garantice recambio de aire limpio, continuo y permanente.
Sin embargo, los especialistas reiteraron que debe evitarse la realización de reuniones, eventos sociales o celebraciones en domicilios particulares, a fin de evitar la propagación de la enfermedad.
Recordaron que la utilización del cubreboca debe regirse por los principios de prevención y riesgo inminente, lo que implica que se debe portar sin excepción, salvo que resulte estrictamente necesario su retiro.
Así, las medidas que aplicarán en el Escenario B hasta el 28 de febrero son las siguientes:
TIPO DE ACTIVIDAD / ESTABLECIMIENTO | ESCENARIO B |
Industria Manufacturera, establecimientos industriales (toda la industria) | Observar los “Lineamientos técnicos específicos para la reapertura de las actividades económicas”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2020. Sin restricciones de horarios. |
Farmacias, dispensarios médicos | Abiertas de acuerdo con licencia de funcionamiento. Únicamente para la venta de medicamentos, artículos alimenticios, de higiene y primera necesidad. Los demás artículos, en caso de contar con ellos, deberán ajustarse a los horarios de los diferentes rubros enlistados. Respetando los aforos de los “Supermercados y Tiendas de Conveniencia” |
Centros Comerciales | Abiertos de acuerdo con licencia de funcionamiento, con horario máximo de cierre a las 22:00 horas, 30% de ocupación, una persona por familia. |
Comercio en General y Prestación de Servicios Profesionales, incluye Servicios Financieros. | Abiertos de acuerdo con licencia de funcionamiento, con horario máximo de cierre a las 22:00 horas, 50% de ocupación, una persona por familia |
Supermercados y tiendas de Conveniencia | Cierre a las 22:00 horas con 30% de ocupación, una persona por familia |
Restaurantes y/o Cafeterías, incluye restaurantes en viñedos. | Hasta las 22:00 horas de lunes a sábado, con 50% de ocupación y los domingos hasta las 18:00 horas. |
Centros nocturnos: Casinos, cantinas y bares. | Cierre a las 22:00 horas, con 30% de ocupación.
Deberá observar el horario para la venta de bebidas alcohólicas. |
Venta de Bebidas Alcohólicas: en envase cerrado o para consumo en el sitio (de acuerdo con la Licencia correspondiente) | Hasta las 22:00 horas de lunes a sábado, los domingos
hasta las 18:00 horas. |
Hoteles y moteles | 50% de ocupación en habitaciones, 50% de aforo en espacios comunes. Salones de eventos aforo al 30%, observando lineamientos de “Eventos masivos”. Los centros de consumo deberán observar mismos aforos y horarios que los “Restaurantes y/o cafeterías” y “Centros Nocturnos”, así como la “Venta de Bebidas Alcohólicas”. Excepto en domingo donde los centros de consumo serán única y exclusivamente para los huéspedes registrados. |
Centros de entretenimiento: Cines, teatros, museos, galerías, academias y eventos culturales de hasta 500 localidades. | Ocupación de 25%, apertura máxima hasta las 22:00 horas. |
Centros Religiosos: iglesias, templos, sinagogas, mezquitas, etc. | 25% de ocupación |
Eventos masivos y centros recreativos: salones de eventos, conciertos, parques de diversiones, balnearios y ferias. | Prohibición de eventos masivos y/o sociales (bodas, bautizos, fiestas, etc.) mayores de 100 personas. Se limitan las reuniones privadas a que se cumpla con la sana distancia de 1.5mts entre cada asistente, debiendo finalizar a las 22:00 horas, del día de su celebración.
Los conciertos, parques de diversiones, balnearios y ferias están suspendidos. |
Deportes profesionales | Juego a puerta cerrada sin público |
Deporte amateur de contacto (futbol, basquetbol, etc.) | Se suspenden las actividades |
Espacios deportivos abiertos y de natación. | Ocupación a 50%, previa cita |
Gimnasios, centros deportivos, spa y centros de masajes | Ocupación a 50%, previa cita |
Peluquerías, Estéticas y Barberías | Ocupación a 50%, previa cita |
Parques, plazas y espacios públicos abiertos | Reducción de aforos a 50%. Uso obligatorio de cubreboca, incluye el transporte público. |
Tours turísticos a pie por la ciudad al aire libre | Aforo máximo de 20 personas más los actores, uso obligatorio de cubreboca. |
Recorridos Turísticos en el territorio estatal. | Aforo máximo de 50% de la capacidad del vehículo durante el traslado, uso obligatorio de cubreboca |
Por otro lado, la Secretaría de Salud estatal exhortó a las autoridades municipales a ejecutar las acciones jurídicas y administrativas necesarias, para la regulación de las actividades, como se precisa en la tabla citada, con la finalidad de combatir la propagación de la enfermedad del Covid-19.
Recordó que las Unidades Especiales ANTI-COVID-19 podrán intervenir en la verificación del cumplimiento de las medidas de seguridad sanitarias previstas para el Escenario «B».
Durante la vigencia del presente Acuerdo, que será publicado en el Periódico Oficial, “La Sombra de Arteaga”, las dependencias, entidades y demás entes públicos deberán ponderar la realización de sus actividades, privilegiando el trabajo a distancia, sobre las presenciales, salvo aquellas que realicen actividades esenciales.