Las comisiones unidas de Justicia, de Salud y de Estudios Legislativos Segunda del Senado de la República aprobaron este miércoles por mayoría el nuevo dictamen para la regulación integral de la marihuana en el país.
Las comisiones aprobaron, en lo general y en lo particular, el dictamen y presentarán en el Pleno un ‘adéndum’ que incluya todas las consideraciones a las que lleguen en consenso los grupos parlamentarios para enriquecer el proyecto de decreto que prevé la creación de la Ley para la Regulación del Cannabis, y reforma disposiciones a la Ley General de Salud y del Código Penal.
Los equipos técnicos trabajaron desde el viernes para llegar al actual dictamen aprobado en comisiones. A pesar de pasar este filtro, se seguirá trabajando en el proyecto para que el adéndum llegue mañana jueves al Pleno del Senado.
En el nuevo dictamen se eliminó todo lo relacionado con el uso medicinal, además del uso industrial del cáñamo. En la propuesta de Ley Federal para la Regulación del Cannabis no se habla de “consumo lúdico” ni “recreativo”, sino de “consumo adulto”
Prevé el otorgamiento de permisos para que las asociaciones puedan comercializar y producir marihuana, entre otras; también se elimina la necesidad de que las personas manifiesten expresamente su consentimiento libre e informado para utilizar la cannabis.
El dictamen mantiene la prohibición para que las personas que la utilicen para autoconsumo, tengan en sus casas más de cuatro plantas; restricciones para evitar su consumo frente a menores de edad; que los consumidores deberán tener en sus viviendas características específicas y barreras físicas para evitar que otras personas tengan contacto con su cannabis; y se les obliga a adquirir el cannabis psicoactivo solo en los lugares autorizados.
También se permite la comercialización de la cannabis a mayores de edad y a personas jurídicas colectivas y legalmente constituidas; se prohibe la venta de más de 28 gramos por día a una sola persona; también se permite la existencia de espacios físicos administrados por asociaciones de autoconsumo que deberán tener permisos.
De igual manera, se elimina el cáñamo de la lista de sustancias psicoactivas; y se señala que la Ley Federal para la Regulación del Cannabis garantiza el derecho al libre desarrollo de la personalidad.
Se establecen penas de prisión de 3 a 6 años cuando una persona porte entre 200 gramos y 28 kilos de marihuana sin contar con los permisos que marque la Ley, cuando se acredite la intención de venderla o suministrarla de manera gratuita; y penas de 10 meses a 3 años de prisión aún cuando no se pueda acreditar que la persona buscaba comercializarla.
Por último cabe mencionar que quedaria prohibido comercializar cualquier producto que mezcle marihuana con sustancias como alcohol, nicotina, tabaco, cafeína, bebidas energizantes o cualquiera otra, considerada o no como psicotrópica.
Con información de Nación 321, Infobae, El Universal