El audio y video corresponde a la audiencia del 3 de abril de 2019, en la que el juez Fernando Payá Ayala descartó procesar a Simón Pedro de León por el delito de uso indebido de atribuciones y facultades.
El video de una audiencia en la que un ex funcionario de la Sedesol libró el caso de una contratación ilegal de 124 millones de pesos en la Estafa Maestra será aceptado como prueba de descargo a favor de dos ex colaboradores de Rosario Robles.
El Primer Tribunal Colegiado Penal en la Ciudad de México otorgó un amparo a dos de los indiciados para que les admitan el registro audiovisual de la diligencia en la que un juez rechazó vincular a proceso a Simón Pedro de León Mojarro, ex coordinador de delegaciones de la Sedesol.
El amparo fue concedido a Enrique Prado Ordóñez, director de Adquisiciones y Contratos, y Sonia Angélica Zaragoza González, directora General de Recursos Humanos, cargos que desempeñaron en la Sedatu y la Sedesol.
Por mayoría, los magistrados del tribunal revocaron el fallo de Antonio González García, Juez Segundo de Distrito de Amparo en la Ciudad de México, quien había resuelto que la Fiscalía General de la República no estaba obligada a aceptarles esta prueba.
“Sí es una prueba pertinente la ofrecida por los quejosos y la autoridad debe hacer lo necesario para hacerse de ella, así sea que les pida a ellos mayor información, (que) a través del Centro de Justicia se obtenga esa información, es decir, que el fiscal auxilie a los quejosos para la obtención de esa fuente de prueba que ellos ofrecen”, planteó el Magistrado Juan José Olvera en la presentación de su proyecto de sentencia.
El audio y video corresponde a la audiencia del 3 de abril de 2019, en la que el juez Fernando Payá Ayala descartó procesar a Simón Pedro de León por el delito de uso indebido de atribuciones y facultades.
La imputación desestimada contra dicho ex servidor público deriva del convenio que suscribió la Sedesol con la Universidad Intercultural del Estado de México por 124 millones 100 mil pesos para levantar Cuestionarios Únicos de Información Socioeconómica (CUIS).
Prado y Zaragoza solicitaron a la FGR integrar como prueba de descargo este material, en la carpeta de investigación que también es seguida en contra de ellos.
Cuando ofrecieron esta prueba también entregaron a la Fiscalía una copia del “Acuerdo del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, por el que se aprueban las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Sedesol”.
Y solicitaron al Ministerio Público conseguir una copia certificada de dicho documento para contrastarlo con el ofrecido en copia simple. No obstante, la Fiscalía rechazó el ofrecimiento y, en el caso del video, dijo que no tenía relación con la indagatoria contra los quejosos.
Ante la negativa, los indiciados presentaron un amparo y el juez Antonio González García se los negó, argumentando que la aportación de pruebas no es una garantía ilimitada.
Tras impugnar esta negativa, el colegiado determinó que no es necesario admitir el Acuerdo citado ni la solicitud de una copia certificada, porque es un documento de dominio público que la autoridad va a tomar en cuenta, de ser necesario.
Información: Grupo Reforma.
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