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El Senado acuerda la no prescripción de delitos sexuales contra menores 3RV

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El Senado acuerda la no prescripción de delitos sexuales contra menores 3RV
El Senado acuerda la no prescripción de delitos sexuales contra menores 3RV

Acabar con la impunidad y la indiferencia bases de la reforma. Se previene la trata, el abuso en el magisterio y la familia.

 

El Senado de la República aprobará reformas al Código Penal Federal para que los delitos sexuales cometidos en contra de niñas, niños y adolescentes no prescriban, como tampoco las penas para quienes los comentan.

Cuando éstos los cometan sacerdotes, ministros de cultos religiosos o funcionarios públicos, las penas serán del doble y para los funcionarios su inhabilitación y despido.

El dictamen se acordó este el 23 de abril, analizó seis iniciativas de seis partidos políticos y senadores y senadoras; se fundamenta en dos cuestiones centrales: la impunidad de los delitos cometidos contra menores en sus hogares y el abuso de poder en el magisterio, la iglesia, en los espacios públicos y familiares.

Las reformas acordadas por las comisiones unidas de Justicia y Estudios Legislativos incluyen la definición de los delitos que no pueden prescribir, como la pornografía infantil, la corrupción de menores, el turismo sexual infantil, el acoso sexual en contra de niños, niñas y adolescentes menores de 18 años de edad.

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Se acuerda que además de la pena, al doble para el funcionariado, se exige la inmediata destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo o comisión, o cualquiera otro de carácter público o similar.

Se trata de reformas a cinco artículos del Código Penal Federal: el primer y tercer párrafos del artículo 107 Bis; el primer y tercer párrafos del artículo 205 Bis; el primer párrafo del artículo 261 y las fracciones I y II del artículo 266, y se adiciona el artículo 266.

Delitos de enocinio, la pederastia, abuso sexual

A las categorías de delitos imprescriptibles se suma el lenocinio, la pederastia, abuso sexual, relaciones sexuales con personas mayores de quince años y menores de 18, cuando el consentimiento se obtiene por medio de engaños.

Así como la violación equiparada a personas de este rango de edad que no tengan capacidad de comprender el significado del hecho o por cualquier causa no pueda resistirlo.

Contenido y argumentos

Lo acordado por la asamblea del Senado se llama: “Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 261 y 266 Bis del Código Penal Federal, en materia de imprescriptibilidad de delitos de abuso sexual y de violación a menores de edad”.

El decreto incluye la no prescripción de las penas que correspondan a estos delitos, y se señala que, cuando alguno de ellos sea cometido por ministros de culto o servidores públicos, la sanción aumentará el doble.

“La persecución de este tipo de ilícitos se lleve a cabo, a pesar del transcurso del tiempo, pues con ello se erradicará su impunidad. El objetivo principal es la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes”, señala el dictamen.

El documento especifica que es obligación de la actual Legislatura homologar el marco jurídico interno para adecuarlo a los tratados internacionales celebrados por el Estado mexicano.

Según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, la tasa de violación de niñas y niños en México es de mil 764 por cada 100 mil.

En la primera infancia, las personas agresoras suelen ser el padrastro, en 30 por ciento de los casos; abuelos en otro 30 por ciento y tíos, primos, hermanos o cuidadores, en el 40 por ciento restante.

Abusos escolares o en algún entorno social

En edad escolar, de seis a 11 años, las personas abusadoras son los maestros en el 30 por ciento de las veces y sacerdotes en otro 30 por ciento.

Durante la adolescencia, de los 12 a los 17 años, entre las víctimas sufren agresiones sexuales en el 80 por ciento ocurre en entornos sociales, como la vía pública, la escuela o fiestas.

Al respecto, el presidente de la Comisión de Justicia, Julio Menchaca Salazar, aclaró que el dictamen se basa en acuerdos internacionales de los que México forma parte.

“El objetivo es proteger a niñas, niños y adolescentes y que no quede sin castigo el abuso sexual en contra de menores de edad. Esta reforma no busca inhibir el derecho a la sexualidad de las personas. No estamos prohibiendo las relaciones de alguien que haya alcanzado la mayoría de edad sino evitar problemas como la trata de personas y la explotación sexual”, dijo.

Justicia a más de cinco millones de infantes

Josefina Vázquez Mota, senadora de Acción Nacional, afirmó que este proyecto hará justica a más de cinco millones de menores que han vivido violencia sexual, así como a aquellos que han denunciado este tipo de delitos, pero que “se han encontrado que los victimarios cuentan con respaldo jurídico para evadir su responsabilidad”.

La también presidenta de la Comisión de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia destacó que México ocupa el segundo lugar de turismo sexual infantil y de contenidos de pornografía de menores.

La propuesta fue iniciativa de Josefina Vázquez Mota

La primera iniciativa fue propuesta por la senadora Josefina Vázquez Mota en 2019, donde sostiene que los resultados de la Encuesta de Cohesión Social para la Prevención de la Violencia y la Delincuencia del INEGI (ECOPRED) arrojan como resultado que el delito de violación involucra a un mil 764 niñas, niños y adolescentes por cada 100 mil y que los tocamientos y manoseos ofensivos llegan a cinco mil 89 casos en esa misma proporción.

Según el informe de «Percepción del abuso sexual infantil en México» realizado por la organización no gubernamental «Guardianes», se afirma que una de cada 10 personas encuestadas aseguró conocer de casos de violencia sexual infantil en sus familias, por lo que en este contexto, la falta de denuncia y castigo para la persona agresora sexual es sumamente grave, sobre todo, si se toma en cuenta que una o un pederasta no actúa una sola vez, ni contra una sola víctima, aunado a que éstas no reciben la atención adecuada, y las consecuencias las padecen toda la vida.

 

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