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viernes, noviembre 15, 2024

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Tribunal Electoral confirma sanciones a partidos por violar paridad

México.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó sanciones al PRD y a Movimiento Ciudadano por violar la paridad de género durante el proceso electoral 2015-2016 en Tlaxcala. El 21 de diciembre de 2016 el Consejo General del INE sancionó a Movimiento Ciudadano con 255 mil 640 pesos por solicitar la cancelación indebida de cinco planillas de candidaturas previamente registradas en los ayuntamientos Muñoz de Domingo Arenas, Nanacamilpa, Ixtenco, Totolac y Xaltocan, de Tlaxcala. Además multó a ese partido político con 365 mil 200 pesos y al de la Revolución Democrática (PRD) con 255 mil 640 pesos por la cancelación de 19 y nueve planillas, respectivamente, de candidaturas previamente registradas a cargos de presidentes de comunidad en dicha entidad. Juan Miguel Castro Rendón, en representación de Movimiento Ciudadano, impugnó la resolución INE/CG856/2016 que emitió el Pleno del Instituto Nacional Electoral (INE), mediante la cual multó al partido por incumplir a su deber de postular candidatos a presidentes de comunidad en Tlaxcala. Mientras que Guadalupe Acosta Naranjo, en representación del PRD, impugnó la resolución INE/CG857/2016 mediante la cual el Instituto sancionó al partido político por incumplir su deber de postular candidatos a cargos de elección popular en la misma entidad. En sesión pública y sin discusión alguna, el Pleno de la Sala Superior encabezado por la magistrada Janine Otálora Malassis aprobó por unanimidad los respectivos proyectos de resolución, toda vez que los partidos cancelaron las candidaturas en lugar de sustituirlas. Además se estableció que si bien el PRD sustituyó las candidaturas del género que exigía la paridad "esa conducta no fue consecuencia del cumplimiento de las obligaciones y fines propios que como instituto político debió observar, sino que se debió a la intervención de este órgano jurisdiccional". Conforme a la ponencia, fue correcta la decisión del INE de multar a Movimiento Ciudadano dado que los argumentos de defensa del partido relacionados con la falta de participación del género femenino "no lo eximen de la responsabilidad de postular candidatos a los cargos de elección popular". Lo anterior "ya que por mandato constitucional y legal los partidos políticos no sólo tienen la obligación de promover la participación de las mujeres en la vida política del país, sino también cuentan con los mecanismos necesarios para robustecer dicha participación que a la postre fortalezca la conformación de su militancia". Notimex

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Post y Contenido Original de : Radio Formula
http://www.radioformula.com.mx/notas.asp?Idn=661166&idFC=2017
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