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La lucha por la transparencia: el INAI y la Corte enfrentados por la falta de nombramientos

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La lucha por la transparencia: el INAI y la Corte enfrentados por la falta de nombramientos

El INAI solicitó una suspensión para poder sesionar y resolver los asuntos urgentes, ya que legalmente no pueden llevar a cabo sesiones con menos de cinco miembros presentes.

La ausencia de designaciones de Comisionados en el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales ha provocado numerosos conflictos legales tanto en términos de procedimientos como de contenido.

A finales de marzo de este año, el INAI presentó una disputa constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación debido a que el Senado de la República no ha realizado los nombramientos necesarios. Debido a que la ley establece que no se puede sesionar con menos de cinco miembros, el INAI solicitó una suspensión para poder llevar a cabo las sesiones y abordar los asuntos urgentes con solo cuatro comisionados. Durante casi cinco meses, se acumularon más de 8 mil asuntos pendientes.

La Ministra Ortiz tomó la decisión de negar la suspensión que se había solicitado, lo que llevó al INAI a presentar una reclamación ante la Segunda Sala. El 13 de julio, se presentó un proyecto de controversia constitucional ante el Pleno de Ministros, el cual proponía resolver la omisión relacionada con la vacante surgida en 2023 y declarar la inexistencia de las dos vacantes surgidas en 2022. Sin embargo, esta propuesta fue rechazada por la mayoría de 8 Ministros, por lo que el asunto fue devuelto al Ministro González.

El 23 de agosto, la Segunda Sala aprobó el recurso de reclamación que permitirá al INAI llevar a cabo sesiones en pleno con los cuatro comisionados que lo conforman.

El 2 de octubre, la Suprema Corte examinó el plan propuesto por el Ministro González, el cual sostiene que la formación del INAI está condicionada a la responsabilidad del Senado para llevar a cabo los nombramientos correspondientes, entre otras cuestiones.

El Senado tiene un plazo de 60 días, según la Constitución y la Ley General, para nombrar a los miembros que faltan. Sin embargo, en los tres casos este plazo se ha excedido, lo cual ha tenido un impacto negativo en la autonomía del INAI, afectando la protección de dos derechos fundamentales: el acceso a la información y la protección de datos personales.

La Corte ha dado permiso al INAI para llevar a cabo reuniones con menos de cinco Comisionados, siempre y cuando todos los Comisionados estén presentes y se les permita tomar decisiones por mayoría simple. En caso de que haya un empate, la presidencia tendrá el voto de calidad para tomar una decisión final.

En el marco del proyecto, la Corte ha dictaminado que el Senado debe llevar a cabo los nombramientos pendientes durante el periodo ordinario de sesiones para cubrir las vacantes existentes en el IZAI. En el IZAI, nos alegramos de la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación con respecto a la controversia constitucional 280/2023, ya que consideramos que con su pronunciamiento la Corte fortalece las instituciones.

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