Home Noticias Resolución de la solicitud de revisión laboral a Grupo Yazaki en México y EE.UU. sin recurrir a un panel de controversias dentro del T-MEC

Resolución de la solicitud de revisión laboral a Grupo Yazaki en México y EE.UU. sin recurrir a un panel de controversias dentro del T-MEC

0
Resolución de la solicitud de revisión laboral a Grupo Yazaki en México y EE.UU. sin recurrir a un panel de controversias dentro del T-MEC

Novedades recientes:

México y Estados Unidos han llegado a una resolución sobre la solicitud de revisión de los derechos laborales del Grupo Yazaki, sin necesidad de recurrir a un panel de controversias dentro del T-MEC.

México y Estados Unidos han solucionado la solicitud de revisión al Grupo Yazaki, relacionada con los derechos laborales, sin necesidad de recurrir a un panel de controversias establecido en el T-MEC.

México y Estados Unidos han decidido resolver la solicitud de revisión del Grupo Yazaki sobre los derechos laborales en la fábrica mexicana de componentes para automóviles sin recurrir a un panel de controversias establecido en el tratado entre ambos países y Canadá (T-MEC).

La Secretaría de Economía de México informó en un comunicado que la solicitud de revisión del Grupo Yazaki bajo el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida ha sido resuelta sin necesidad de invocar a un panel de resolución de controversias en el marco del T-MEC, ya que no se encontraron pruebas de una denegación de derechos por parte de la empresa.

Hace dos meses, Casa Obrera del Bajío (COB) presentó una queja alegando que se cometieron varias irregularidades durante el proceso de validación del contrato colectivo en una empresa de origen japonés.

El 7 de agosto pasado, el gobierno de Washington solicitó una revisión de las condiciones laborales en una planta ubicada en el estado de Guanajuato, con el fin de verificar si a los trabajadores se les están negando sus derechos a la libertad de asociación y a la negociación colectiva.

Sin embargo, el 18 de agosto, México informó a Estados Unidos que no llevaría a cabo la revisión.

Esto se debe a que la STPS y el CFCRL han concluido que hasta ahora no hay evidencia de que la empresa haya negado los derechos a la libertad sindical y a la negociación colectiva.

La entidad informó que la compañía implementó medidas para asegurar el cumplimiento de los derechos de libertad de asociación y negociación colectiva.

Dentro de las acciones realizadas, se emitió una carta en la que se asegura el compromiso de respetar los derechos de libertad sindical y negociación colectiva. Además, se establece la posición neutral frente a las decisiones tomadas por los trabajadores.

Además, confirmó una política de no permitir ningún tipo de represalia, amenaza u obstáculo hacia los empleados.

Además, mencionó que los empleados de la compañía, que son más de 3 mil, fueron entrenados por la Secretaría del Trabajo en cuanto a sus derechos de libertad de unirse a una asociación y negociar colectivamente, así como en los efectos de la carta de neutralidad.

Además, tanto el personal como los líderes del sindicato serán capacitados por la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Además, el Gobierno de México ha señalado que la Secretaría de Trabajo y Previsión Social llevará a cabo inspecciones en la fábrica de León. Por otro lado, la Comisión Federal de Conciliación y Registro Laboral emitirá una declaración que aborde los derechos laborales durante cualquier proceso de votación sindical.

México ha recibido su duodécima queja de Estados Unidos a través del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (MLRP) del T-MEC, que ha estado en vigor desde julio de 2020.

Según datos proporcionados por la agencia de

En cada momento, todos los derechos reservados a López-Dóriga Digital desde 2014 hasta 2021.

Puedes continuar con nosotros.