Por Aldair LG
Toluca, Méx. a 4 de marzo de 2021.- El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) amonestó públicamente al Partido Nueva Alianza Estado de México, por afiliar a 5 personas a dicho partido político sin su consentimiento.
En ese sentido, el TEEM ordenó a Nueva Alanza retirar del padrón de afiliados a los demandantes.
Por otro lado, los magistrados declararon como inexistentes las denuncias presentadas por actos anticipados de campaña, contra el Partido de la Revolución Democrática (PRD), por pintar bardas en Tultepec, Estado de México. Lo anterior, debido a que las pintas no posicionan a un candidato, no llaman al voto, ni hace alusiones a la contienda electoral.
Asimismo, se declararon como inexistentes las quejas por actos anticipados de campaña, ya que los demandados no son servidores públicos, un caso es en Cuautitlán Izcalli, por publicaciones en Facebook en y otro caso en Tlanepantla por difundir propaganda en panfletos y bardas.
En tanto, se ordenó resarcir el daño al Décimo Regidor de Mexicaltzingo, porque el Presidente Municipal y el Tesorero, no le pagaron su prima vacacional y aguinaldo, además de que ambos funcionarios cometieron violencia política en su contra.
También se declaró como inexistente la denuncia de una Regidora del Ayuntamiento de Huixquilucan, contra el Presidente Municipal del municipio y otras autoridades, por violencia política en materia de género.
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