Hoy Estado de México – diciembre 11, 2020
En Nuevo León se castigará hasta con seis años de prisión a quien abandone en periodo de gestación a una mujer, esto fue aprobado por unanimidad por el Congreso de Nuevo León.
Aparte de poder perder la libertad, los responsables deberán pagar una multa de 180 a 360 cuotas.
Con el voto a favor de 32 diputados, ninguno en contra y sin abstenciones, se avaló la reforma en sesión del pasado miércoles.
Además de darles protección a las mujeres embarazadas abandonadas sin justificación, dicha acción es aplicable también para proteger los derechos alimentarios de niños o personas con discapacidad.
“Se reforma el Código Penal para establecer que, al que sin motivo justificado incumple sus obligaciones alimentarias respecto a sus hijas e hijos, cónyuge o mujer embarazada que acredite legalmente la paternidad, se le impondrá pena de prisión de uno a seis años y multa de 180 a 360 cuotas, pérdida de los derechos de patria potestad, tutela y hereditarios o de alimentos que pudiera tener sobre el acreedor alimentario como reparación del daño de las cantidades no suministradas oportunamente por el imputado”, indica la reforma.
También se indicó que serán objeto de “pérdida de los derechos de patria potestad, tutela, hereditarios, o alimentos que pudiera tener sobre el acreedor alimentario; y pago como reparación del daño de las cantidades no suministradas oportunamente por el imputado”.
Inclusive si no se hubiera reconocido la paternidad, los costos de las pruebas para comprobar la paternidad, deberá costearlas el padre del menor, en tanto sean positivas.
Esta reforma arrancará después de publicarse en el Periódico Oficial del Estado. A fin de inhibir el abandono e incumplimiento de responsabilidades hacia mujeres embarazadas.