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Ministerio del Interior critica a juez de San Antonio por dejar libres a dos individuos detenidos por porte de armamento

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Ministerio del Interior critica a juez de San Antonio por dejar libres a dos individuos detenidos por porte de armamento

El abogado asesor del Ministerio del Interior, Luis Hermosilla, calificó como una “ilegalidad” la resolución del juez Juan Pablo Flores, del Juzgado de Garantía de San Antonio, quien dejó libres a dos individuos que fueron sorprendidos con numeroso armamento en un automóvil.

Los sujetos tenían en su poder dos revólveres y una pistola, 126 cartuchos de diverso calibre, un kit que convierte armas pequeñas en carabinas, y un total de $ 4.152.000 en efectivo. Todo esto se encontraba al interior del maletero de un automóvil, que era conducido por los individuos.

El vehículo fue fiscalizado por carabineros en el balneario de El Tabo, el pasado lunes 28 de mayo. Según el parte policial, el control se debió que el auto tenía el parabrisas delantero polarizado, situación que se encuentra prohibida.

Tras pedirles que se detuvieran, los uniformados se dieron cuenta de que todos los vidrios del automóvil estaban polarizados, por lo que solicitaron la licencia de conducir y la cédula de identidad de ambos pasajeros, identificados como Manuel Olivares (56, dueño del automóvil), y Nelson Cerda (26).

Posteriormente, los carabineros pidieron a los sospechosos que abrieran el maletero, donde encontraron una maleta color negro “de gran tamaño”, en cuyo interior había un bolso que era el que contenía las armas y las municiones, además del dinero en efectivo antes mencionado.

En ese momento, los sujetos quedaron detenidos por el porte del armamento, pues algunas especies tenían encargos por robo, y pasaron a control de detención en el Juzgado de Garantía de San Antonio.

Sin embargo, de acuerdo al acta de la audiencia, el juez Flores dictaminó que el uso de los vidrios polarizados “si bien puede ser causa para una fiscalización al amparo de la Ley de Tránsito, no podía implicar llevar más allá de ello las facultades policiales que conllevaran una limitación a los Derechos Fundamentales de los encartados, como ocurrió en este caso”.

“Más aún cuando no se arguyó por parte de Carabineros alguna problemática en la documentación de los sujetos o el móvil, por cuanto el chofer sí tenía su documentación y no se observa cómo llegamos a revisar el portaequipajes y, más aún, registrar una maleta en su interior”.

Tras esto, el magistrado liberó a los detenidos y fijó para el 19 de junio la formalización, motivando de ese mismo momento una serie de críticas hacia su polémica decisión.

Según consignó La Tercera, el caso llegó a oídos del ministro del Interior, Andrés Chadwick, quien pidió detalles del caso al general director de Carabineros, Hermes Soto. Asimismo, el abogado asesor del Ministerio del Interior, Luis Hermosilla, calificó como una “ilegalidad” la resolución del juez, y anunció una querella por infracción a la Ley de Armas.

“La decisión tomada por el juez de garantía constituye una ilegalidad grave, porque existe una norma expresa del Código Procesal Penal que facultaba a que, sin perjuicio de decretar la ilegalidad de la detención, se procediera a la formalización”, indicó Hermosilla.

El abogado agregó que “categóricamente esas personas debieron quedar privadas de libertad y hoy día gozan o circulan por la calle por el error cometido por el juez al dictar la resolución que dictó”.

Desde el Congreso también llegaron críticas para el proceder del juez de San Antonio. El senador Felipe Harboe (PPD), dijo que la situación le parece “grave y preocupante. El gobierno debería presentar una queja ante los superiores, es un descriterio judicial que desincentiva control policial y consolida la impunidad en tema de armas”.

Por su parte, el abogado penalista Cristián Riego dijo que “si se trata de una acción dentro del nuevo control de identidad, este no permite nada, porque considera solo la verificación de identidad”.

En tanto, según el abogado Matías Kunsemuller “para allanar a una persona se tienen que dar requisitos: o que haya una orden judicial o que existan indicios sobre que cometiste un delito o que estés próximo a cometerlo, de forma tal que si no se verifica ninguno de esos dos requisitos, y a ti te allanan y te descubren algo, droga o lo que sea, el allanamiento fue ilegal. Entonces, en este caso, está perfecto lo que hizo el juez”.

De acuerdo al reporte de La Tercera, una vez conocida la polémica, el juez Juan Pablo Flores se defendió señalando que “el tribunal entendió que la policía no tenía ningún indicio para un control de identidad del Artículo 85 del Código Procesal Penal, así que se declaró la ilegalidad de la detención por haber un exceso en el actuar policial”, concluyó.

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Source: El Ciudadano