CIUDAD DE MÉXICO.
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó al gobernador de Puebla, Antonio Gali, abstenerse de “pactar o sugerir” la difusión de su primer Informe de Gobierno en medios de comunicación fuera de la entidad.
Por mayoría de votos, el órgano electoral concedió ayer la medida cautelar, bajo la figura de tutela preventiva, a un ciudadano en contra del mandatario, por considerar que la difusión de sus actividades fuera de Puebla contraviene la ley electoral.
La controversia surgió a raíz de que un diario de circulación nacional publicó el pasado martes una inserción del primer Informe de Labores del panista.
“La Sala (Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación) va a decir si este acto es o no ilícito; nosotros lo único que hacemos es conservar el tema para que no genere un daño que podría ser, a la postre, irreparable, hasta en tanto la Sala define si es un acto ilegal o no lo es. Es algo preventivo”, dijo la consejera Claudia Zavala.
En sesión extraordinaria urgente, con los votos favorables de las consejeras Adriana Favela y Claudia Zavala, y el voto en contra de Benito Nacif, la Comisión determinó “bajo la apariencia del buen derecho y como parte de un análisis preliminar, que la ley electoral establece que la divulgación de los informes de labores debe limitarse al ámbito geográfico de responsabilidad del servidor público”.
Las consejeras precisaron que la tutela preventiva se concibe como una protección contra el peligro de que una conducta probablemente ilícita continúe, sobre todo al quedar comprobada que la inserción —motivo de la queja— fue pagada por un ente público a un diario de circulación nacional.
Con ello, la Comisión ordenó al mandatario poblano y a los responsables de comunicación de esa instancia gubernamental “abstenerse de pactar o sugerir la publicación de inserciones relacionadas con el primer Informe de Labores de esa autoridad en medios de comunicación con cobertura fuera de la entidad”.
Esta medida busca también prevenir que más publicidad pueda repetirse en los días que aún se puede difundir el Informe de Gobierno señalado (hasta el 20 de enero de 2018).
En tanto, Benito Nacif señaló que la Comisión no tiene atribuciones para dictar medidas cautelares ante hechos futuros de realización incierta, sobre todo al no existir certeza de una próxima publicación con características similares, por lo que a su juicio la tutela preventiva debió declararse improcedente.
Source: Excelsior