24.8 C
Mexico
sábado, septiembre 21, 2024

Buy now

Jueces del útero

Jueces del útero

Tras un aborto inseguro, la mujer queda vulnerable a perder su salud o pisar la cárcel. Su destino dependerá del criterio médico. El destino de todas encarna no solo una contradicción de la ley, sino la prevalencia de un sistema que criminaliza por condición social y color de piel.

Tragar tabletas contra el dolor fue la razón que llevó a la adolescente “N” ante el ministerio público en Múzquiz, Coahuila. Después de ingerirlas y ante algún signo de alarma, se vio obligada a buscar atención hospitalaria. Su opción fueron las instalaciones del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en donde le descubrieron un embrión inerte de ocho semanas: el hallazgo la transformó de paciente a probable delincuente.

“Con analgésicos provocó un aborto”, la acusaron, según la información recabada por la Agencia para Adolescentes de la Delegación Regional Carbonífera, perteneciente a la Procuraduría General de Justicia estatal, manifestada en el oficio No. PGJE/UT-033/2017, que da cuenta del proceso que trabajadores del IMSS comenzaron contra la niña, desde el año 2015.

Lo ocurrido en Múzquiz no es caso aislado. En el país, 48 por ciento de las investigaciones o denuncias por el delito de aborto son iniciadas justo por personal médico o adscrito a una institución de salud pública. En estos casos, el 92 por ciento de quienes son directamente acusadas como presuntas responsables son las propias mujeres embarazadas que acuden como pacientes, de acuerdo con datos obtenidos de las fiscalías y procuradurías de justicia estatales, de los últimos dos años.

Tampoco es cuestión de geografías. En el occidente también se atestigua el fenómeno. Como parte de su formación académica, Alicia Gómez realizó un servicio de psicología en el Hospital General de Occidente “Zoquipan”, en Zapopan, Jalisco —enfocado en la atención de población popular—. Durante un año y tres meses conoció de cerca la política que se ejercía en el área de tococirugía, ante la sospecha de una interrupción provocada del embarazo.

Descubrió que, debido a la difusión de las pastillas de misoprostol para interrumpir una gestación y la dificultad para detectar la sustancia en sangre, la turbación de las mujeres podía considerarse como criterio para increparlas y obtener datos sobre el presunto aborto inducido, penado de manera general en México, con excepción de los casos de violación.

Incluso, que a la secretaria de ingreso en el hospital —sin formación médica— se le reconocía la capacidad de discriminar a las sospechosas de abortar. “Ella daba el primer pitazo”, cuenta Alicia Gómez.

El otro punto de partida era el descubrimiento de laceraciones en la revisión que precedía al legrado, obviando algún tipo de violencia sexual.

“Llegaban las mujeres y tenían que sacar ficha, aunque se supone que es urgencias y debería de pasar automáticamente, pero están saturados. Había R1 y R2 (residentes médicos), chavos, todavía sin idea y a ellos se le inculcaba mucho este miedo”, dice la académica. “No había inducción formal, pero el médico de guardia les decía: ‘Tú tienes que denunciar y si no estás seguro, denuncia de todos modos, no vaya a ser’. ‘Si no sabes, ve y repórtalo y entonces es más sencillo que vaya trabajo social’”.

Tras la denuncia, personal del ministerio público comenzaba la indagatoria en el hospital.

“Empezaban con el testimonio de los demás y no con la mujer. Era la última y a veces ni siquiera llegaban con ella”, señala Gómez. El seguimiento se daba entonces afuera, ya en manos de la fiscalía jalisciense.

Cuestionado al respecto, el Hospital General de Occidente rechazó mediante el oficio U. T. OPD-SSJ/0135/01/2017 ser competente para informar sobre las denuncias originadas por su personal en el área de atención. Entre los archivos de la fiscalía jalisciense, en el año 2015 aparece una averiguación previa con las características descritas por la académica, según el oficio FG/UT/927/2017.

“También había mujeres que fueron denunciadas incorrectamente; cuando hacían las denuncias era por ‘homicidio’, ‘homicidio en razón de parentesco’, cuando el producto ni siquiera había nacido”, acota.

Gómez, quien también es parte del Colectivo de Acción por Derecho al Aborto (CADA), detectó además el hostigamiento normalizado en el nosocomio, pese a la alta frecuencia natural de la pérdida de embarazos. En la situación de vulnerabilidad emocional y ante la presión del personal conoció la “confesión” de una joven que se estaba admitiendo como responsable del aborto. “Creía que lo había ‘matado’ porque no comía bien y se había tomado una cerveza”, recuerda un caso.

En el documento “Diagnóstico y tratamiento del aborto espontáneo y manejo inicial de aborto recurrente”, las instituciones del Sistema Nacional de Salud reconocen que, del 15 al 20 por ciento de los embarazos que se diagnostican clínicamente, se pierden en el primer y segundo trimestre de gestación debido a múltiples factores.

En las estadísticas generadas por el INEGI respecto a muerte fetal se indica que el 74 por ciento de los abortos que suceden en México son espontáneos, el 7 por ciento son terapéuticos y apenas el 1.7 son provocados. Del resto se desconoce la causa.

Las mujeres que se salvaban de ser delatadas por el personal administrativo eran trasladadas al área de ginecología. Ahí, en la intimidad de la consulta, Alicia Gómez llegó a conocer cualquier clase de métodos para frenar un embarazo.

“Me tocó escuchar que se tiraban de la escalera, que levantaban el colchón. Los tenedores, cuchillos en la vagina o que se tomaba un té de rauda o se ponía cosas machacadas en las vaginas, que no era esa la razón por la que abortaban, pero sí se provocaban infecciones fatales”, narra.

Entre los últimos testimonios que conoció recuerda a una mujer indígena cuya hija había nacido con un cuadro de hidrocefalia.

“Ella decía que era un castigo porque se había inducido un aborto (en una gestación anterior). Se había estado golpeando: agarraba como un tubo, un barandal y se aplastaba. Esa fue su lógica para ‘sacarlo’ y sí consiguió un aborto. Cuando llegó (al hospital) dieron el pitazo. El español no era su primer idioma y una enfermera le supo medio traducir (…) Eventualmente desecharon su caso, pero la mujer quedó con mucho miedo”.

PARIR O MORIR

Hemorragias, infección en el torrente sanguíneo, peritonitis, perforación de vísceras, traumatismo en el útero, estómago o intestino son parte del escenario derivado de un aborto mal practicado. La Organización Mundial de la Salud (OMS) establece que el 30 por ciento de las interrupciones inseguras del embarazo terminan en un proceso séptico y el 25 por ciento adquiere una incapacidad temporal o permanente que demanda atención hospitalaria.

Pero al buscar atención, el propio cuerpo de la mujer se convierte en evidencia del presunto delito.

En al menos ocho entidades del país, el personal hospitalario toma la exposición involuntaria para identificar a las pacientes como indiciadas: se trata de Coahuila, Hidalgo, Jalisco, Morelos, San Luis Potosí, Sonora, Tamaulipas y Zacatecas, entidades que comparten la falta de reconocimiento de la voluntad de la mujer y del factor económico como causales para provocar un aborto.

El dato se desprende de información solicitada vía transparencia a todos los estados —excluyendo a la Ciudad de México debido a la legalización del aborto hasta la semana 12 de gestación—, correspondiente a los últimos 24 meses.

En las entidades de Baja California Sur, Colima y Nuevo León se detectó la denuncia médica o institucional; sin embargo, no fue posible establecer una relación estadística entre estas y la criminalización de las embarazadas. En el caso de Tlaxcala y Campeche, si bien son profesionales de la salud quienes comienzan el proceso ante el ministerio público, se abstienen de acusar a las pacientes como las probables responsables. Durango, Nayarit, Oaxaca y Yucatán comunicaron cero casos por aborto y el resto de las entidades no aportó información suficiente o esta fue presentada con fallas que imposibilitaron su interpretación.


Al menos ocho entidades del país comparten la falta de reconocimiento de la voluntad de la mujer y del factor económico como causales para provocar un aborto. Foto: Daniel Viera

LA TENSIÓN LEGAL

El Grupo de Información de Reproducción Elegida (GIRE) establece la existencia de un marco legal para el acceso de las mujeres al derecho a la salud fuera de la criminalización, en el informe “Omisión e indiferencia. Derechos reproductivos en México”.

Sin embargo, el documento también expone las contradicciones del sistema legal mexicano en relación con la obligación del personal médico frente a un presunto delito de aborto inducido.

Además de los derechos humanos y constitucionales a la vida y salud, tanto la Ley General de Salud como la Norma Oficial Mexicana NOM-168-SSA1-1998 “Del expediente clínico” protegen el derecho a la confidencialidad. Incluso esta última declara expresamente que el paciente tiene los derechos de titularidad sobre su información.

En contraste, en el Código Penal está tipificado el delito de encubrimiento y el Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica establece la obligación de notificar al ministerio público los casos en los que se pueda presumir un delito.

También existe una imprecisión en el delito de revelación de secretos estipulado en el Código Penal Federal, ya que el artículo 210 sanciona —solo con trabajo comunitario— “la develación de información recibida con motivo del empleo o ejercicio de una profesión, sin justa causa”, pero sin definir a qué se refiere este último concepto.

“Dichas contradicciones implican incertidumbre jurídica para quienes prestan servicios de salud, pues no queda claro cómo actuarán las autoridades, lo cual puede traer como consecuencia que la aplicación de la ley dependa de los criterios personales (…). Además del riesgo para las y los profesionales de la salud, esta ambigüedad normativa obstaculiza el acceso a las mujeres a servicios de salud que solo ellas requieren”, expone el Informe.

La misma tensión se interpretaría en la argumentación del derecho a la intimidad establecido en el artículo 16 constitucional, pero en el mismo texto también se faculta para detener a un indiciado “inmediatamente después” de cometer un delito.

En el plano internacional, instancias como la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) se han pronunciado porque la información obtenida en el ejercicio de la profesión médica se encuentre protegida por el secreto profesional.

Para la abogada y vicecoordinadora del Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de las Mujeres (Cladem), Alejandra Cartagena, la discusión entre el secreto profesional y la obligación de denuncia está contaminado por la visión que defiende el rol tradicional de la mujer-madre, y que trata de acotar cualquier transgresión a este.

“El proceder de estos médicos (dando parte al ministerio público) es parte de la violencia estructural y sistemática que vivimos a diario las mujeres cuando tomamos una decisión. Más que un marco legal, hay uno que ellos le llaman ‘de conciencia’. Podemos decir que no es la parte legal la que les hace actuar, sino que es esta ‘moral’ mal entendida, donde siempre ha sido esto de ver nuestros cuerpos como propiedad de alguien”, afirma.

Cartagena detecta, además, que en la atención médica se configura una violencia institucional, en donde el personal abusa de su situación de poder respecto a la mujer en situación de urgencia, para obtener información sobre el presunto delito.

“La mujer se está desangrando, se puede morir, y (tiene que hacer frente a) el hostigamiento: ‘¿Qué te metiste? Te golpeaste, ¿verdad? ¿De dónde te aventaste? Dinos la verdad, sí, sí fuiste’”, sostiene.

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y la Secretaría de Salud (SSA) federal trabajan con la interpretación general de la Ley General de Salud, Normas Oficiales, así como las guías de práctica clínica.

Entre los nosocomios públicos resalta el caso del Hospital de la Mujer —dependiente de la SSA—, que ha desarrollado un protocolo específico que debe seguir el personal ante la sospecha de una interrupción provocada por la propia paciente: “Atención de la paciente con aborto provocado” se denomina y se incluye dentro de su Manual de Procedimientos, con el número 19.

“Si durante la exploración física presenta desgarre en el cérvix, contusiones, restos de medicamentos diferentes a los recomendados por vía vaginal y otros elementos como sondas de Foley, Nelaton o metálicos, guardarlos en bolsas de plástico, realizar el procedimiento de ingreso a hospitalización, enviándola a la unidad tocoquirúrgica y avisar a trabajo social para que se realice la notificación correspondiente al ministerio público”, se detalla en el oficio CCINSHAE-DGCHFR-DHM-3015-2016 obtenido por transparencia.

El Hospital de la Mujer está enfocado en la atención de especialidades de ginecología, obstetricia, oncología ginecológica y neonatal para población de escasos recursos que solo cubren un costo de recuperación.

En 2013, en S. L. P., Hilda López fue condenada a prisión por sufrir un aborto espontáneo. La Comisión Nacional de Derechos Humanos intervino en su caso y fue absuelta.

EL DELITO: ¿SER POBRE?

El factor pobreza es una constante en los sitios donde se generan las averiguaciones previas o carpetas de denuncias en contra de las mujeres sospechosas de causarse una interrupción.

En Múzquiz, Coahuila, donde la adolescente fue denunciada por el IMSS como responsable de su aborto, el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval) identifica a más de la mitad de sus habitantes con ingresos inferiores a la línea de bienestar.

El patrón se repite en el Hospital Integral Cinta Larga, en Mixquiahuala, Hidalgo, en donde se detectaron ocho denuncias contra mujeres embarazadas en los últimos dos años. Este nosocomio estatal, localizado en la carretera hacia Tula, brinda atención también a quienes habitan en Francisco I. Madero, Progreso de Obregón, Tetepango, Tlahuelilpan y Tezontepec de Aldama. En dicha zona, el indicador de pobreza promedio es de 59 por ciento.

“Esto es muy clasista: una mujer blanca que llega a un hospital particular difícilmente va a ser cuestionada”, subraya la vicecoordinadora de Cladem, en la consideración de que aun las interrupciones que suceden naturalmente en la población de escasos recursos son objeto de juicios por parte del personal médico de instituciones públicas.

La incapacidad económica también se traduce en una posterior dificultad para hacer frente al proceso legal que se abriera en contra de la señalada.

“El Ministerio Público con ese primer peritaje (del personal denunciante) puede decir ‘presumo, que se cometió un delito’ y comenzar una investigación. En esta las mujeres tenemos derecho a pedir un nuevo peritaje donde se pueda acreditar que no fue aborto inducido; ¿una mujer pobre va a llegar con un abogado que realmente tenga perspectiva de género y derechos humanos?”, cuestiona.

El Colegio de México y el Instituto Guttmacher establecen la existencia de la relación entre baja escolaridad, pobreza y menores metas de anticoncepción satisfecha en el informe titulado “Embarazo no planeado y aborto inducido en México”. En consecuencia, el estudio también documenta que la tasa más alta de complicaciones asociada al aborto inducido corresponde a las mujeres rurales pobres: 45 de cada cien.

“No se entiende así, pero una maternidad impuesta a una niña, a una mujer, afecta a una comunidad. Hay consecuencias de pobreza, de educación, a las que vamos condenando a nuestras hijas e hijos. Acabamos rechazadas, sin una vida digna”, afirma Cartagena.

“QUÉ PENDEJAS”

El mismo afán de individualizar los casos de aborto descrito por la activista de Cladem también lo identificó Alicia entre los médicos del Hospital General de Occidente, inmunes a entender las razones y destinos de las pacientes indiciadas.

“(Una compañera decía) ‘qué pendejas también, para qué se meten un cuchillo, que se tomen dos misoprostoles y ya’. ¡Ella sabía eso! No se imaginaba siquiera la decisión que tuvo que tomar una mujer para meterse un cuchillo en la vagina, cuando ni siquiera sabían dónde estaba la vagina porque se rasgaban y se hacían un desmadre. El momento que tuvo para decir ‘esto está tan jodido que no puedo traer otra vida’”, narra Alicia.

“Nunca se llegó a ese grado de empatía. La empatía es una palabra que no se conoce (entre los médicos), porque entonces se involucran. Se enfocan en la forma clínica, pero no se apuran por lo psicológico, no toman en cuentan los factores culturales. El sistema de salud está hecho para que sea automatizado, no para atender personas: tú no importas, tú eres una ficha. Tú eres un número de expediente”.

Vía Noticias.com

⊂(◉‿◉)つ
Si deseas ver el contenido completo o mas dale click en el enlace de abajo.
Post y Contenido Original de : El Ciudadano
Jueces del útero
⊂(◉‿◉)つ

Related Articles

Stay Connected

0FansLike
0FollowersFollow
0SubscribersSubscribe
- Advertisement -spot_img

Latest Articles