A través de un comunicado de prensa, el Ministerio de Salud informó que este viernes hizo entrega a la Contraloría del nuevo reglamento de objeción de conciencia, en el marco de la ley de aborto en tres causales, aprobada por el Parlamento.
El nuevo documento indica que “en virtud de lo ordenado por Contraloría, los establecimientos privados de salud que hayan suscrito convenios regidos por las disposiciones del DFL Nº 36 podrán ser objetoras de conciencia siempre y cuando los referidos convenios no contemplen prestaciones de obstetricia y ginecología”.
La comunicación declara además que “los establecimientos públicos tampoco pueden ser objetores”, y que “no podrá discriminarse arbitrariamente a quienes decidan ser objetores o a quienes no decidan serlo”.
Otro de los puntos señalados por el Minsal, es que para las personas naturales, “el Ministerio aprobará un formulario en el cual deben manifestar su voluntad de ser objetores” y que la identidad de estas personas “será considerada dato sensible”, por lo tanto, “será reservada”.
El documento también establece que “siempre cuando esté en riesgo inminente la vida de la madre debe practicarse la interrupción del embarazo, aunque el establecimiento o el profesional sea objetor”.
Finalmente, desde el Minsal indicaron que el reglamento entrará en vigencia 15 días después de su publicación en el Diario Oficial.
| Comunicado | Ministerio de Salud envía a @Contraloriacl Decreto número 67, por Reglamento para ejercer objeción de conciencia estipulada en la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo https://t.co/t63uVDWDqL pic.twitter.com/Vovp7BoYqO
— Ministerio de Salud (@ministeriosalud) June 30, 2018
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Source: El Ciudadano