El Gobierno de la Ciudad de México decretó home office para los trabajadores de la Administración Pública local el 30 de junio, día en que la Selección Mexicana disputará un partido de dieciseisavos de final en el Mundial 2026.
Decreto oficial para home office y suspensión de clases
El decreto, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 26 de junio, instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública a implementar esquemas de teletrabajo, trabajo a distancia o modalidades laborales flexibles. Esta medida aplica exclusivamente para los servidores públicos que laboran en la Ciudad de México.
Además, la presidenta Claudia Sheinbaum ordenó a la Secretaría de Educación Pública (SEP) suspender las clases en todos los niveles educativos en la capital del país ese día. Esta acción se repite tras medidas similares tomadas para el partido inaugural del Mundial 2026 y los siguientes dos encuentros de la Selección Mexicana.
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Motivos detrás de la medida
Sheinbaum explicó que el home office contribuirá a mejorar la movilidad urbana, la seguridad vial y la eficiencia en la prestación del servicio público en la Ciudad de México. También invitó a la iniciativa privada a sumarse y permitir que sus empleados trabajen desde casa el 30 de junio, conforme a los artículos 330-A y 330-G de la Ley Federal del Trabajo.
Excepciones para el trabajo presencial
Quedan exceptuados de esta medida los empleados que realizan actividades esenciales, entre ellas:
- Servicios de salud, atención médica, emergencias sanitarias, Protección Civil y atención de desastres.
- Funciones relacionadas con seguridad nacional, pública, protección ciudadana, control migratorio y aduanero.
- Operación, supervisión, regulación y prestación de servicios estratégicos e infraestructura crítica, así como servicios logísticos vinculados a la Copa Mundial de la FIFA 2026.
- Organización y coordinación gubernamental para la celebración del Mundial, incluyendo seguridad, movilidad y protección civil.
- Operación de programas sociales, trámites y servicios públicos prioritarios que no puedan realizarse a distancia.
- Otras actividades que requieran presencia física para garantizar la continuidad de servicios o atender situaciones urgentes.








