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Suprema Corte desecha proyecto que busca despenalizar el aborto en Veracruz

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Suprema Corte desecha proyecto que busca despenalizar el aborto en Veracruz
Pañuelos verdes

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) votó en contra del proyecto que obliga al Congreso de Veracruz a modificar su Código Penal local, con el fin de despenalizar la interrupción del embarazo bajo cualquier circunstancia.

En la sesión virtual, cuatro ministros y ministras votaron contra el proyecto y solo uno a favor.

“Se desecha el proyecto por mayoría de cuatro votos y se instruye a la secretaría de Acuerdos de esta Primera Sala para que realice los trámites necesarios para que se turne este asunto a alguno de los ministros integrantes de la mayoría“, señaló el primer ministro, Juan Luis González Alcántara Carrancá.

El proyecto del ministro Alcántara Carrancá, discutido este miércoles en la corte, revisó el amparo 636/2019, otorgado a un juez federal en Xalapa, en el cual ordenaba al Congreso de Veracruz a reformar el código para despenalizar el aborto en la entidad.

El proyecto, que buscaba que el Congreso local reformará los artículos 140, 150 y 154 del Código Penal estatal, indica que estos suponen una barrera discriminatoria al acceso a la salud en condiciones de igualdad para las mujeres, pues el tipo penal solo recae en ellas por sus condiciones físicas y biológicas, y la sanción funge como obstáculo para el acceso a servicios de salud seguros y con perspectiva de género.

En principio, el Juzgado Décimo Octavo de Distrito en Veracruz concedió el amparo, decisión que llegó en materia de revisión al Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito, quien declinó competencia a la Suprema Corte.

Con la resolución del Tribunal Constitucional se abre la posibilidad de que otras organizaciones civiles impugnen los Códigos Penales estatales con el fin de crear una jurisprudencia que obligue a todos los jueces del país a acatar este criterio.

El aborto en México solo está permitido en las 12 primeras semanas en Ciudad de México y Oaxaca, pero es legal mientras ocurra en ese mismo periodo en todo el país en caso de que la mujer haya sido violada. Existen otras excepciones en otros estados.