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viernes, septiembre 20, 2024

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Aprueban el Congreso de Coahuila, matar en legítima defensa

Para que el asesinato sea legal, autoridades judiciales deberán comprobar que el criminal actuó con dolo

En Coahuila ya es legal matar en legítima defensa en caso de que el criminal entre a una propiedad e intente actuar con dolo contra quienes se encuentran ahí o contra el patrimonio.

Este 11 de diciembre el Congreso de Coahuila aprobó la reforma al artículo 57 al Código Penal estatal para que las personas puedan defenderse en caso de que intenten agredirlas físicamente, siempre y cuando el Ministerio Público tenga las pruebas suficientes para justificarlo.

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El artículo señala que la ley protegerá a quien asesine a un criminal y compruebe:

  • Que hubo invasión ilegal a su casa o negocio.
  • Que el delincuente tuvo la intención de causar daño a las personas o patrimonio que se encuentre en el lugar.
  • Que el delincuente no haya intentado escapar.

En Coahila ya era legal matar a un criminal pero sólo si éste ya había hecho daño a un tercero. La reforma añade que ahora también será legal si se intenta hacer daño o se prive de la vida a otra persona.

En caso de que una persona haga uso de esta disposición, la ley indica que deberá de comprobar que habita temporalmente o de forma permanente en el lugar donde ocurrió.

La reforma, que autoriza matar en defensa propia, fue propuesta desde marzo de 2018, entrará en vigor al día siguiente de que sea publicada en el Periódico Oficial del estado.

Abogados podían juzgar a la víctima como victimario

El diputado local del PAN, Juan Carlos Guerra, fue quien propuso esta reforma porque, expuso, los términos legales eran muy vagos y los abogados podían calificar de victimario a la víctima.

Mencionó que en el estado hay dos casos de personas que estaban en su casa y se tuvieron que defenderse por una amenaza.

Guerra dijo que la investigación para determinar que la persona afectada actuó en legítima defensa deberá estar bien hecha para que tampoco se dé el caso de cobrar venganzas.

Explicó que esta nueva disposición no se consideró para actos cometidos en el vía pública o en vehículos por lo complicado para analizar los factores para determinar quién fue la víctima.

CHECA ESTO:

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