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Acata PGJ-CDMX liberación de imputado por colapso de Zapata 56

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Acata PGJ-CDMX liberación de imputado por colapso de Zapata 56
Redacción

CIUDAD DE MÉXICO

Luego de que se revocara el auto de vinculación a proceso del corresponsable de obra Jaime Smith Ríos de un edificio que colapsó en el terremoto del 19 de septiembre, la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México (PGJ-CDMX) aseguró que acató, mas no comparte dicha resolución.

Mediante un comunicado, la PGJ indicó que la carpeta de investigación iniciada por el derrumbe del edificio ubicado en el número 56 de la calle Emiliano Zapata, delegación Benito Juárez, se integró adecuadamente y se cumplió con el debido respeto a los derechos humanos de Smith Ríos, informó el subprocurador de Procesos, Oscar Montes de Oca Rosales.

Mencionó que la investigación que realizó la fiscalía tuvo dos momentos procesales relevantes: el primero refiere a la solicitud de una orden de aprehensión en contra de los imputados, en el cual el agente del Ministerio Público expuso sus argumentos y logró que el juez de control librara una orden de aprehensión.

 

Liberan a corresponsable de obra de Zapata 56, colapsado tras 19-S

 

Posteriormente, una vez que se dio cumplimiento a la orden de aprehensión, el juez de control calificó de legal la detención y como consecuencia, la fiscalía realizó la imputación en contra de uno de los participantes y la autoridad judicial decidió, en base a las evidencias aportadas, vincular a proceso al capturado, lo que aconteció el día 30 de octubre de 2017.

Cabe destacar que, en esta segunda etapa, a la que se le conoce como audiencia inicial, se cumplieron con todas las formalidades de ley y en audiencia pública se destacaron y protegieron los principios de publicidad, contradicción, inmediación e igualdad ante la ley, entre otros, y además al imputado se le hicieron saber sus derechos constitucionales y procesales, quien siempre estuvo asistido por sus defensores particulares.

El subprocurador explicó que esto quiere decir que las partes procesales tuvieron acceso directo y real a los medios de convicción, dentro de la audiencia pública, además de que, en presencia de un juez, se presentaron todas las evidencias con las que en ese momento contaban las partes; es por ello que el conjunto probatorio fue suficiente para la vinculación a proceso.

Agregó que, inconforme con ello, el imputado y su defensa interpusieron el recurso de apelación, por lo que las constancias procesales fueron enviadas a la primera sala penal de Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.

 

*av

Source: Excelsior